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Proceso de Negociación y Resolución de Esencialidad

Montevideo, 02 de Agosto de 2023.

 COMUNICADO 

La Asociación de Controladores de Tránsito Aéreo del Uruguay comunica algunas puntualizaciones respecto al proceso de negociación colectiva que se viene realizando desde diciembre de 2022.

En ese momento se firmó entre el Ministerio de Defensa Nacional, DINACIA y ACTAU un convenio colectivo que estableció cómo resolver antiguos problemas laborales en el control de tránsito aéreo, algunos de ellos producto de incumplimientos de convenios anteriores. En ese sentido se acordó concretar el pago de las compensaciones según la habilitación que cada controlador tiene como lo estableció el convenio del 27 de setiembre de 2012 y que a la fecha aún está pendiente de su íntegro cumplimiento. Asimismo, se acordó corregir las importantes diferencias salariales existentes bajo la premisa del principio de igual función, igual remuneración, remunerar a instructores en el trabajo y atender condiciones de trabajo e infraestructura de manera urgente. Si bien se ha comenzado a atender la problemática de las condiciones de trabajo, aún no se ha cumplido con lo establecido en el convenio y tampoco con las observaciones que las inspecciones del MTSS han realizado en las diferentes dependencias.  

Los artículos presentados en la rendición de cuentas sobre las remuneraciones (arts. 104 y 105) proponen montos muy inferiores a los necesarios para atender a las razones que los promovieron, por lo que durante el proceso de negociación se acordó incrementar el monto del artículo referido al pago a instructores. Este punto es importante debido a la necesidad de personal en los servicios de control de tránsito aéreo, ante lo cual la administración promovió traslados de controladores hacia los aeropuertos de Carrasco y Laguna del Sauce, quienes debían recibir instrucción para obtener su habilitación. Durante ese proceso se capacitó a instructores para luego informarles que no les serían remuneradas las horas de instrucción propuestas, que se supone iban a realizar para la habilitación de los controladores trasladados. Ante la negativa de los instructores de trabajar gratis o mediante compensaciones horarias irregulares y desiguales, la administración comenzó a amenazar con devolver a sus lugares de orígen a aquellos controladores trasladados, generando un ambiente de incertidumbre laboral y una actitud que nuestra asociación denunció como práctica antisindical ante el MTSS. Luego de que ACTAU resolviera implementar medidas de demoras en los despegues para el 3 de julio, y de sucesivas reuniones del ámbito de negociación tripartita, se llegó a un acuerdo el 7 de julio sobre las bases para encauzar la negociación colectiva que establecía aceptar por parte de ACTAU la propuesta de mejora del art 105: el compromiso de ambas partes de dejar sin efecto las medidas anunciadas, esto es, las medidas sindicales de demoras en los despegues y la pretensión de volver a su lugar de origen a los Controladores de Tránsito Aéreo en el proceso de habilitación, a la vez de continuar negociando de buena fe lo referido al art.104.


Posteriormente el 14 de julio se celebra una reunión tripartita donde el MDN intimó a ACTAU a que se brinde instrucción inmediatamente sin posibilidad de remunerar tal como lo establece el convenio colectivo o de lo contrario se procedería a trasladar funcionarios. Luego de eso nuestra Asamblea resolvió que el tema de los traslados estaba resuelto según lo acordado el 7 de julio, y a partir del cual se levantaron las medidas sindicales y se propuso continuar la negociación colectiva. La siguiente reunión celebrada el 19 de julio se buscaron soluciones alternativas para empezar con el proceso de instrucción a la brevedad debido a la valoración compartida por las partes de la necesidad imperiosa de mayor personal. La Dirección Nacional de Trabajo exploró soluciones pero las respuestas del MDN-DINACIA fueron siempre negativas. En ese sentido, el 21 de julio los controladores fuimos notificados de horarios a cumplir durante Agosto y allí se constató la ejecución de los traslados anunciados por el MDN-DINACIA en flagrante incumplimiento del acuerdo del 7 de julio al que las autoridades ministeriales han hecho mención públicamente.

 

En ese marco la asamblea de ACTAU resolvió el día 25 de julio resolvió implementar medidas de demoras en los despegues, así como no realizar horas extras, no realizar tareas extraordinarias de ninguna índole que no estén contempladas en los manuales operativos para las dependencias y no formen parte del contrato laboral, no participar de ningún proceso de instrucción en el trabajo, como instructor ni como alumno, y no participar en los cursos del Instituto de Adiestramiento Aeronáutico, ni como alumnos ni como instructores, a excepción de participar como alumnos en los cursos recurrentes y el inglés para mantenimiento de las habilitaciones vigentes.

Esta resolución fue comunicada a las autoridades y el día 27 de julio se nos convoca a una reunión tripartita en DINATRA, donde se nos expresa que nos existe voluntad de negociación por parte del MDN (contrario a lo dispuesto por la ley 18.508), mientras que desde ACTAU se planteó que se nos trasladará una propuesta con los avances de la negociación que el MDN afirmaba tener sobre la concreción de los artículos mencionados. Se nos indicó que no se haría ningún tipo de propuesta porque se había incumplido el acuerdo del 7 de julio lo cual claramente no es cierto. 

La declaración de esencialidad no surge ni puede argumentarse por un supuesto incumplimiento de un acuerdo, sino que tanto la legislación nacional como internacional la sustentan en tanto el riesgo que puede existir por la suspensión o interrupción de dichas actividades, algo que nunca estuvo planteado en esta oportunidad ni en las que previamente se han implementado este tipo de medidas, que solo implican la demora de aviones en tierra por periodos máximos de dos horas.

Ante esto queremos remarcar que de las resoluciones de esencialidad emitidas no se desprende cuál o cuáles de las medidas sindicales que hemos adoptado son consideradas como peligrosas para la vida o la seguridad de las personas y que ameritaron la declaración de esencialidad por parte de los Ministerios de Trabajo y Defensa, por lo que exhortamos a las autoridades a explicitar normativamente al respecto.

 

Tenemos muy clara la responsabilidad que nuestra tarea conlleva para garantizar la seguridad operacional y la vida, ya que es una de la misiones fundamentales de nuestra profesión y es por eso que nuestras medidas sindicales siempre han contemplado y contemplarán garantizar la seguridad operacional en todo momento.

 

Seguiremos apostando al diálogo y la negociación colectiva como medio fundamental para la solución de los conflictos desde lo que somos, trabajadores organizados, orgullosos de nuestra profesión, responsables de una actividad esencial que desarrollamos todos los días pese a las enormes carencias técnicas, de infraestructura y recursos humanos que soportamos desde hace años y cada día precarizan más el servicio que se brinda.

 

Atentamente,

Comisión Directiva.

Asociación de Controladores de Tránsito Aéreo del Uruguay.

Comunicado ACTAU 02_08_23