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De que hablamos cuando decimos malas condiciones de trabajo?

Montevideo, jueves 17 de agosto de 2023.

 

A 16 días de las resoluciones de esencialidad emitidas por el MTSS y por el MDN luego, aún no ha habido ninguna comunicación oficial por parte de las autoridades.

A este respecto recordamos la recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT, dictamen 856.

“En cuanto a la índole de las «garantías apropiadas» en caso de restricción del derecho de huelga en los servicios esenciales y en la función pública, la limitación de la huelga debe ir acompañada por procedimientos de conciliación y arbitraje adecuados, imparciales y rápidos en que los interesados puedan participar en todas las etapas, y en los que los laudos dictados deberían ser aplicados por completo y rápidamente.’’

 Asimismo denunciamos públicamente el incumplimiento por parte del Ministerio de Defensa de los Convenios Colectivos (CC) vigentes, de las obligaciones legales que le corresponden en materia laboral y salarial, así como las condiciones de trabajo precarias e inseguras en las que se desarrolla nuestra actividad, entre las cuales destacamos:

  • Pago según habilitaciones (Art. 1 AyB CC dic 2022 y adenda enero 2023 art.2)
  • Pago retroactivo según convenio Colectivo dic 2022 ART 1 AyB
  • Igual función igual remuneración Art. 2 Convenio Colectivo de 30 Dic.2022. (previeron en la ley de rendición de cuentas menos del 10% de los montos necesarios para hacer frente a la letra del convenio. Se necesitan realmente 26 millones y mdn elevó menos de 2,6 millones de pesos) art.104 del proyecto de ley de rendición de cuentas y balance presupuestal.
  • Pago de compensación según expediente 2019-3-41-00085 por cambio de tipo de tareas (Art 4. Inc B convenio)
  • Reestructura Dinacia y carrera funcional del CTA (sub-estatuto). Totalmente incumplido el art 6 CC dic 2023
  • Reglamentación IAA. Totalmente incumplido el art 6 CC dic 2023
  • Cursos de inglés que se realizan por fuera del horario laboral cuando la normativa y el convenio indican lo contrario.Incumplimiento total art.1 A CC 2023
  • No pago de viáticos y pasajes de los compañeros trasladados para que se habiliten en nuevas dependencias. (se dispone mover personal sin ni siquiera prever cómo cumplir la normativa)
  • Horas particulares y de tolerancia establecidas por ley 19.121 y decreto 169/014 negadas sin argumento.
  • Asignación de traslados, cursos, becas, comisiones en el exterior y otras prelaciones sin llamados a todos los Controladores ni bases comunicadas previamente. Se desconoce qué y cómo se valora para las selecciones.
  • Prioridades en compras (cocina, máquina de picar carne) constatadas en el sistema de compras estatales, antes que las compras comprometidas en el convenio colectivo referentes a las condiciones laborales, ejemplo sillas.
  • Infraestructura y condiciones de trabajo (faltan sillas, reparaciones, salidas de emergencia, servicios de limpieza insuficientes, etc.) Art 3 Convenio Colectivo de  30 Dic.2022. y anexo

     

    De que hablamos cuando hablamos de condiciones laborale